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12 de octubre: Día de la Diversidad Cultural

Anteriormente conocido como "Día de la Raza", el 12 de octubre, es una fecha utilizada en la Argentina para promover la reflexión histórica y el diálogo intercultural acerca de los derechos de los pueblos originarios. En este sentido, en el año 2010 el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso un proyecto de ley para modificar el nombre de "Día de la Raza" por "Día de la Diversidad Cultural Americana".

Actualmente con el nombre de Día de la Diversidad Cultural Americana, se busca promover desde distintos organismos una reflexión permanente acerca de la historia y encaminar hacia el dialogo para una diversidad cultural, como también allí están en pie la promoción de los Derechos Humanos de nuestros pueblos originarios, como lo marca la Constitución Nacional en su articulado sobre la igualdad de las personas, dándole la garantía del respeto a la identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural.

Una verdadera fecha para recordar, celebrar y trabajar para el bienestar de todas las culturas. Se trata de una fecha que habilita actualmente profundas reflexiones y debates, como también expresa las reivindicaciones de los pueblos originarios del continente americano.

Cambio en la efeméride: Día de la Diversidad Cultural Americana

Es muy importante la decisión de cambiar el nombre del feriado del 12 de octubre, ya que el término utilizado anteriormente (“Día de la Raza”) es ofensivo y discriminatorio.



Desde hace años se ha venido debatiendo lo que sucedió en nuestro continente con la llegada de los conquistadores en 1492, por eso establecer un feriado donde se conmemore el respeto por la diversidad cultural, es un reconocimiento histórico para con los pueblos originarios


El cambio en el significado del feriado "implica armonizar la legislación nacional con el derecho de los pueblos indígenas, consagrando y reconociendo que los derechos humanos tienen los caracteres de universalidad, indivisibilidad e interdependencia", informaron desde el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).


Vale destacar que la Constitución Nacional consagra el derecho a la igualdad en sus artículos 16 y 75, inciso 23; mientras que el artículo 75, inciso 17 reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizando el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural y el artículo 75, inciso 22 otorga jerarquía constitucional a los instrumentos internacionales de derechos humanos allí enumerados, los cuales a su vez consagran en más de una oportunidad el mencionado principio de igualdad y no discriminación.




Cabe mencionar, también, que esta transformación está en consonancia con la recomendación Nº 84 del Plan Nacional contra la Discriminación, que aconseja "Transformar el 12 de Octubre en un día de reflexión histórica y de diálogo intercultural".


 

Las luchas del presente, las organizaciones de los pueblos originarios


Las organizaciones que nuclean a los pueblos originarios, reconocidos por la Constitución argentina como pueblos preexistentes a la conquista, fundamentan sus reclamos en el derecho al territorio como base para su organización comunitaria. “Nuestra voz es colectiva y proviene del territorio”, declara el Encuentro Nacional de Organizaciones territoriales de Pueblos Originarios (ENOTPO). En el año 2010 se presenta a las autoridades nacionales el Protocolo de Consulta Previa, Libre e informada en el que los Pueblos originarios declaran el territorio como fundamento de su identidad colectiva. Por esto se reivindica la propiedad comunitaria como forma de organización social. El Protocolo establece que “La Propiedad Comunitaria Indígena tenderá al aprovechamiento sustentable de la tierra por parte de los Pueblos y las Comunidades Indígenas de acuerdo a la cosmovisión de cada Pueblo, sus usos, costumbres, prácticas, valores y conocimientos”. El mapa elaborado por el ENOTPO nos muestra la diversidad y distribución geográfica de las naciones que conforman el colectivo de pueblos originarios en el territorio nacional quienes defienden el derecho a una educación intercultural y bilingüe -amparado por la Ley 26.206- con el fin de promover “un diálogo mutuamente enriquecedor de conocimientos y valores entre los pueblos indígenas y poblaciones étnica, lingüística y culturalmente diferentes, y propicia el reconocimiento y el respeto hacia tales diferencias”. Para conocer en detalle algunos de los conflictos por los territorios ancestrales se remite a la conferencia de la antropóloga Dra. Lorena Rodríguez y la entrevista al Hermano Juan Condorí, delegado Diaguita Kallchaki de la comunidad "El Divisadero" y de la UPND-SALTA.




Fuente: http://ravignani.institutos.filo.uba.ar/evento/el-12-de-octubre-en-la-memoria-colectiva

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